domingo, 8 de mayo de 2011

No debe haber delito, si no hay víctima

Respecto a la propuesta gubernamental que se configure como infracción penal que el empleador no afilie al seguro social al trabajador:
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Uno de los hitos que marcan el ingreso a la mayoría de edad, es ser capaz de velar por sus propios asuntos.
El trabajador se compromete a ejecutar la actividad pactada, y el empleador a pagarle el monto convenido. He ahí las obligaciones de parte y parte. El trabajador sabrá qué hace con su sueldo.
Algunos trabajadores reciben el almuerzo en sus empresas, pero la mayoría lo compra con su propio sueldo. Configurar como infracción penal que una empresa no dé almuerzos, sonaría traído de los cabellos.
Ya que es interés del trabajador contar con un seguro social, debería considerarse obligación de él mismo contratarlo, no de la empresa donde trabaja.
Obligada la empresa por ley, contra su voluntad, a velar por mis asuntos, no debería sorprenderme que los descuide y me perjudique. ¡Nadie cuida mejor mis intereses, que yo mismo!
Que nuestros asuntos estén en manos de los demás, es reducirnos a seudo-adolescentes que necesitan “tutela”; es una perjudicial reducción de la libertad.

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